LA MUTUA DE LOS INGENIEROS COMO ALTERNATIVA AL RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS (RETA)

La alternativa a los autónomos

Información General

La Mutua de los Ingenieros es alternativa al Régimen Especial de trabajadores Autónomos de la Seguridad Social para todos los ingenieros Industriales Colegiados.

Los Ingenieros Industriales colegiados en el CIIV, en el momento del inicio de la actividad podrán optar por darse de alta de La Mutua de los Ingenieros en lugar del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA), cuándo y por esta actividad no hayan estado dados de alta en el RETA con anterioridad.

La opción de La Mutua de los Ingenieros comporta suscribir el Sistema Mutua que de acuerdo con la nueva normativa de 2023, se rige por:

    • Las coberturas mínimas para cada ingeniero/a se fijarán en función de la previsión de rendimientos netos obtenidos anualmente para su actividad profesional.
    • Se establecen 6 tramos de intervalos de rendimientos netos, asignando a cada tramo un paquete de coberturas mínimas.
    • Según la declaración responsable presentada por el ingeniero/a sobre su previsión del intervalo de ingresos netos anuales, quedará ubicado en uno de los 6 tramos y esta información es modificable en función de los ingresos anuales.

Infórmate de todo accediendo aquí

https://www.mutua-enginyers.com/es/layout/set/landing/alternativareta

Plazo para optar por la mutua como alternativo al RETA

Cualquiera que sea la opción elegida, RETA o Mutua, esta se debe ejercer con anterioridad al inicio de la actividad por cuenta propia (alta en el censo de actividad económica). Si no se ha manifestado expresamente la decisión antes de iniciar la actividad, la Administración pública entiende que se han acogido al RETA y podrá reclamar las cuotas atrasadas con los recargos correspondientes.