Seguro Responsabilidad Civil – Alicante

Seguro de Responsabilidad Civil

1.SEGURO UNIVERSAL

Los colegiados de Alicante disfrutan de un seguro universal por el hecho de estar colegiados, siempre y cuando actúen como asalariados, o en la Administración como funcionarios o empleados públicos y no realicen actividades propias de la redacción de proyectos, mediciones, informes, valoraciones, peritaciones, coordinaciones de seguridad y salud, direcciones de obra, etc. Este seguro cubre hasta un capital de 60.000 € al año. Para más información ponte en contacto con tu demarcación.

2.SEGURO VOLUNTARIO

El Colegio tiene suscritas varias pólizas colectivas de Responsabilidad Civil Profesional de adhesión voluntaria para los Colegiados interesados. El colegio, tomador de la póliza, negocia cada año para conseguir precios competitivos y ventajas para el colectivo, gestiona las altas de los profesionales, tramita los siniestros y realiza el seguimiento trimestral de la póliza.

2.1. MAPRFRE (Vinculado al visado)

La póliza de MAPFRE vincula la cobertura al visado o registro documental. Siendo las condiciones las siguientes:

NECESARIO EL REGISTRO DOCUMENTAL/VISADO
SINIESTRO /AÑO PRIMA ANUAL
EJERCICIO LIBRE 3.500.000 € 615,00 €
FUNCIONARIO 3.500.000 € 315,00 €
INACTIVO 3.500.000 € 45,00 €

Dada la obligatoriedad establecida por la compañía aseguradora de visar o registrar cada trabajo realizado para disfrutar de cobertura, se establece para los que se acojan a esta modalidad un sistema de bono voluntario:

CUOTA ANUAL VISADO Y/O REGISTRO DOCUMENTAL TRAMOS (VALORACIÓN DE TRABAJOS INCLUIDOS EN LA CUOTA)
500 € 1.200 €
750 € 1.201 € 1.800 €
1.000 € 1.801 € 2.400 €
1.500 € 2.401 € 3.600 €
2.000 € 3.601 € 4.800 €
2.500 € 4.801 € Sin límite

2.2.CATALANA OCCIDENTE (No vinculado al visado)

La póliza de CATALANA OCCIDENTE da cobertura a los colegiados del COIICV que soliciten expresamente su incorporación mediante el boletín de adhesión, y abarca la responsabilidad civil del ingeniero industrial en el ejercicio de su profesión, aunque no medie proyecto o visado, tanto si trabaja por cuenta propia o ajena.

Libre Ejerciente

Actuación profesional como Ingeniero Industrial por cuenta propia, como persona individual encontrándose habilitado para su ejercicio y en cumplimiento de los requisitos que para el ejercicio de esta profesión se exige en cada momento.

También se incluirán dentro de esta modalidad, aquellos ingenieros por cuenta ajena, en relación laboral con una entidad jurídica o persona física, que hayan formalizado su incorporación a la presente Póliza, que realizando labores propias de redacción de proyectos, mediciones, informes, valoraciones, peritaciones, Coordinaciones de seguridad y salud o Direcciones de obra etc, la Sociedad o persona física para la que trabajan en régimen laboral NO tenga contratado el seguro de Responsabilidad civil profesional con esta Compañía Aseguradora a través del programa del Colegio Tomador del seguro.

Esta cobertura abarca tanto las reclamaciones de terceros como las acciones de repetición que puedan ejercitar la empresa en la que trabaja.

Asalariados, Inactivos y Mediadores
  • ASALARIADOS POR CUENTA AJENA EN INGENIERÍA:

Están asegurados en esta modalidad aquellos colegiados Asalariados que realizan funciones propias de redacción de proyectos, Direcciones de obra, Coordinaciones de seguridad, prevención de riesgos laborales, informes, valoraciones y peritaciones… cuando la Sociedad de Ingeniería Industrial en la que trabajan, SI tenga contratado el seguro de RCP con la Compañía aseguradora a través de este programa del Colegio.

Aquellos colegiados becarios que ejerzan como Ingenieros Industriales por cuenta y bajo dependencias ajenas, a través de beca formalizada legalmente.

  • ASALARIADOS EN EMPRESA:

Se integran en esta modalidad, los asalariados que, NO realizando funciones recogidas de redacción de proyectos, Direcciones de obra, Coordinaciones de seguridad, prevención de riesgos laborales, informes, valoraciones y peritaciones…, realizan Funciones Técnicas dentro de la Empresa en base a los conocimientos derivados de su formación en la Ingeniería Industrial.

Aquellos colegiados becarios que ejerzan como Ingenieros Industriales por cuenta y bajo dependencias ajenas, a través de beca formalizada legalmente.

  • INACTIVOS VOLUNTARIOS:

Asalariados que han realizado en el pasado funciones propias de redacción de proyectos, Direcciones de obra, Coordinaciones de seguridad, Prevención de Riesgos Laborales, informes, valoraciones y peritaciones…, pero actualmente sólo desempeñan Funciones Técnicas dentro de la Empresa en base a los conocimientos derivados de su formación en la Ingeniería Industrial.

  • MEDIADORES:

Ingenieros Industriales cuya Responsabilidad Civil es 100% por labores de Mediación o aquellos Ingenieros Industriales que, trabajando como asalariado, también realicen tareas de mediación.

Funcionarios, Empleados Públicos y Técnicos de la Administración

Están asegurados en esta modalidad:

Colegiado persona física que ejerce como actividad retribuida la profesión de Ingeniero Industrial, cuyo empleador es el Estado, las Administraciones Públicas o los entes regulados por Derecho Público. Estarán incluidos el personal funcionario, laboral, contratado y eventual al servicio de los citados empleadores.

Los colegiados becarios que ejerzan como Ingenieros Industriales por cuenta y bajo dependencias del Estado, las Administraciones Públicas o los entes regulados por Derecho Público, a través de beca formalizada legalmente.

Funcionarios, Empleados Públicos y Técnicos de la Administración
  • RECIÉN TITULADO:

Quedarán asegurados en esta modalidad aquellos colegiados recién titulados que realicen un máximo de 5 proyectos al año, con un presupuesto de ejecución material conjunto que no supere los 60.000 €.

Inactivo Forzoso

Aquellos que cesen de forma permanente en su actividad profesional como Ingeniero Industrial por jubilación o incapacidad permanente. El Asegurado activo que a partir del 2020 desee el cambio de modalidad a INACTIVO deberá cumplimentar previamente la solicitud de cambio de modalidad a “Asegurado inactivo” mediante el formulario de solicitud.

Delimitación Geográfica

La garantía se extiende a las responsabilidades derivadas de daños y reclamaciones sobrevenidas en todo el mundo, excepto USA y Canadá.

Ventajas del visado

Los trabajos visados por el Colegio tienen mayores coberturas:

  • Se incrementa la suma asegurada en 200.000 € por siniestro y anualidad, para el trabajo visado.

Ejemplo: para la cobertura A (250.000 € siniestro/500.000 € año) si el trabajo está visado, se amplía la cobertura a 450.000 € por siniestro y 900.000 € por año.

  • Se extiende la cobertura a las sociedades multidisciplinares para aquellos trabajos visados en nuestro Colegio siempre que el trabajo haya sido firmado por colegiados asegurados en la póliza y se refieran a actividades propias de la ingeniería industrial.

Suma asegurada y primas

La prima a abonar por el colegiado depende de la cobertura que se desee contratar:

LÍMITES DE INDEMNIZACIÓN POR SINIESTRO* MODALIDAD A MODALIDAD B** MODALIDAD C MODALIDAD D
150.000,00 € 147,86 € 443,61 €
250.000,00 € 573,81 € 198,13 € 198,13 €
400.000,00 € 819,33 € 266,15 € 266,15 €
550.000,00 € 990,45 € 338,96 € 338,96 €
800.000,00 € 1.096,47 € 375,57 € 375,57 €
1.500.000,00 € 1.642,38 € 484,96 € 484,96 €
2.000.000,00 € 1.972,53 € 585,54 € 585,54 €

(*) Aumento de 200.000 € en la cobertura si el trabajo está visado. La cobertura total anual de siniestros será el doble de la indicada en la tabla para cada tramo.

(**) Es importante señalar que, en el caso de los asalariados, será necesario para esta cobertura, que todos los Ingenieros Industriales colegiados de la Sociedad, estén asegurados en esta póliza.

Solicitud de alta y renovación

El tomador del seguro es el Colegio por lo que cualquier asunto relacionado con la póliza deberá tramitarse a través del mismo.

La solicitud de alta se tramita presentando el «Boletín de Adhesión» en el colegio, puedes enviarlo a seguros@iicv.net o al fax 96 351 49 63.

La póliza se contrata por un periodo de un año y la renovación de los asegurados se realiza de forma automática el 1 de enero (en el mismo tramo de cobertura). Para cambiar la opción contratada o causar baja comunicarlo al colegio antes del 31 de diciembre.

Desde 2014, para los asegurados de alta en la póliza en fecha 1 de enero se establece el pago fraccionado semestralmente. El colegio realizará dos cargos por la mitad del importe de la prima contratada al principio de cada semestre.

Para las altas y modificaciones que tengan lugar durante la anualidad, la prima será prorrateada trimestralmente y se abonará en un pago único a través del Colegio, mediante cargo en la cuenta indicada por el colegiado.

Las altas posteriores al 1 de enero tendrán el siguiente tratamiento en función de la fecha de comunicación del alta:

Periodo

% Prima Anual

1er trimestre

Antes del 1 de abril

100 %

2º trimestre

Entre el 1 de abril y el 30 de junio

75 %

3er trimestre

Entre el 1 de julio y 30 de septiembre

50 %

4º trimestre

A partir del 1 de octubre

25 %

También puede tramitar su baja total rellenando la solicitud de baja definitiva. Hay que tener en cuenta que la baja en el seguro implica que a partir de la fecha de su comunicación NO TENDRÁ CONDICIÓN DE ASEGURADO, por lo que aquellas reclamaciones que fuesen formuladas contra el ingeniero derivadas de la actividad previa a la baja, realizada en calidad de Ingeniero Industrial no quedarán amparadas bajo la cobertura de la póliza suscrita por el COIICV.

Notificación de reclamaciones

Cualquier reclamación o circunstancia que pueda dar lugar a una reclamación será comunicada a la correduría de seguros a través del Colegio cumplimentando el correspondiente parte de siniestro.

Para cualquier consulta puedes dirigirte a seguros@iicv.net.

NOTA: En este resumen se han tratado de plasmar las condiciones de la póliza, y como tal, puede contener desde el punto de vista jurídico alguna imprecisión. Para conocer en detalle las condiciones, consulta el texto de la póliza que ponemos a tu disposición en este apartado.