Por Alejandro Marín Arcas, Presidente del Comité Ejecutivo de CLAIU

A principios de los 80 me llamaba mucho la atención que el profesor que me preparaba las Oposiciones al Ministerio de Industria, reiteraba la idea de que España se equivocaba cuando mandaba a negociar su ingreso en la U.E., por aquel entonces ya muy próximo, a compañeros con un perfil más bien “quijotesco”, cuando era más apropiado un perfil más “sanchopanzesco” ( si se me permite el neologismo), ya que se trataba más que de una unión política, de una conjunción de mercados e intereses.

Este planteamiento me vuelve a la memoria, especialmente durante estos últimos años en los que el incremento de Ingenieros que se han desplazado a otro país de la U.E., nos permite tener un mejor conocimiento de los problemas que lleva asociado el reconocimiento de sus cualificaciones y competencias.

Para una exposición más clara de ello, clasificaré dicha problemática dentro de las tres siguientes paradojas:

-Paradoja nº1: “La regulación de la Ingeniería en determinados países ( como es el caso España) dificulta la movilidad de los Ingenieros”.

Esta aseveración se ha demostrado que funciona generalmente justo al revés. Es decir en los países como España donde la profesión está regulada, dicha regulación se ha tenido que adaptar, por imperativo legal, a unos criterios razonables así como a lo dispuesto en las correspondientes Directivas, lo cual hace conocido y realizable lo que un Ingeniero de la U.E. debe hacer para que sus competencias profesionales sean reconocidas en España.

Por otro lado, resulta que en los países de la U.E. (por ejemplo Francia o Polonia ), donde no hay una regulación establecida, los retrasos y dilaciones suelen ser disuasorios a la hora de ver reconocidas sus competencias el Ingeniero proveniente de otro país de la U.E.

Ello además con el agravante de que, precisamente por no estar regulado, no se puede reclamar el cumplimiento de unos plazos para responder, y no se establece el cauce legal donde recurrir, dentro de ese país, si se consideran vulnerados tus derechos. Lo que hace que tengas que acudir a interponer una queja contra ese país, ante la U.E., con la demora de años que eso suele llevar. Lo cual se constituye en una traba disuasoria. Paradójicamente en un país “que no lo tiene regulado”.

-Paradoja nº 2: “Las Directivas sobre Cualificaciones Profesionales están justificadas porque facilitan la movilidad de los Ingenieros”.

Otra vez nos encontramos con que esto es así en su aspecto teórico, pero se ve frustrado en su aplicación práctica.

Para entenderlo claramente basta decir que en la Directiva de Reconocimiento de Cualificaciones Profesionales se manifiesta en su Exposición de Motivos, que cualquier Ingeniero tendrá reconocidas, en otro País Miembro, las competencias que su Titulación le confiere en su País de Origen. Pero luego en la Parte Dispositiva (que es la que obliga), no encontramos un mandato imperativo para que esta idea pueda hacerse efectiva.

-Paradoja nº 3: “Las Asociaciones Profesionales de Ingenieros defienden decididamente facilitar su movilidad en la U.E.”.

Esto puede que sea cierto en las Conferencias y Meetings que se celebran por toda Europa, pero al mismo tiempo asistimos, en cada uno de los países miembros, a la perduración de trabas y dilaciones injustificadas que otra vez nos ponen ante la realidad de unas prácticas obstruccionistas, que vacían de contenido las ideas más elevadas de construcción de una Europa realmente unida.