El TSJCV declara la competencia de los ingenieros industriales en la redacción y dirección de proyectos de Planes Generales

El COIICV interpuso recurso contencioso-administrativo contra una licitación del la Excma. Diputación de Valencia, en la que se solicitaba como equipo mínimo para la ejecución y firma del Proyecto, la existencia de un Arquitecto o un Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos sin justificación y motivación. El TSJCV estima en parte el recurso y explica en la sentencia que el equipo de redacción del proyecto del Plan General de Museros: Plan General Estructural y Plan de Ordenación Pormenorizada debe estar compuesto e integrado por un ingeniero industrial.  

Valencia (24/3/2021).- Nuevo éxito de los servicios jurídicos del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de la Comunitat Valenciana (COIICV), ya que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado en parte el recurso contencioso-administrativo contra la resolución dictada por la Excma. Diputación de Valencia en sesión de pleno 27 de septiembre de 2016 que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra el Anuncio y Pliegos del expediente administrativo 80/16/PS que contemplaba la redacción de proyectos de Plan General de Museros; Plan General Estructural y Plan de Ordenación Pormenorizada.

En la licitación recurrida, como requisito de solvencia técnica para ser admitido, se exigía como equipo mínimo para la ejecución y firma del Proyecto, la existencia de un Arquitecto, o un Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, sin justificación o motivación. No se excluía a los ingenieros industriales de su posible participación en el Proyecto pero se contemplaba únicamente como mejora, y se impedía que fuera Ingeniero Industrial el firmante del Proyecto objeto de contratación.

En este sentido, los servicios jurídicos del COIICV alegaron que dicha exclusión vulneraba el principio de libre concurrencia, igualdad y no discriminación que debe regir cualquier contratación pública e infringir la ley de defensa de la competencia al limitar la competencia y generar reserva de actividad a favor de Arquitectos e Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

En el mismo proceso y, contra el recurso contencioso-administrativo presentado por el COIICV, presentaron recursos de apelación, tanto la Diputación de Valencia como la empresa adjudicataria de la licitación.

A través de la sentencia nº 170/2021 de 25 de febrero de 2021 de la sección 5ª del TSJCV, se estima en parte el recurso contencioso administrativo que interpuso el COIICV y se declara que el equipo de redacción del proyecto debe estar compuestos e integrado por un Ingeniero Industrial. Y por tanto, se declara la competencia de los Ingenieros Industriales para la redacción y dirección de los proyectos de Planes Generales. Con la sentencia no es necesario que se anule toda la licitación, ya que la empresa adjudicataria cuenta con un Ingeniero Industrial.