GVA INFORMA: MEJORAS EN LOS TRÁMITES DE AUTOCONSUMO EN BAJA TENSIÓN

Desde la GVA se ha informado de que ya están operativas las siguientes mejoras en los trámites de autoconsumo en baja tensión:

  1. Se ha mejorado la parte de tramitación de modificación de la instalación, en función de las incidencias y mejoras que han ido transmitiendo los usuarios. Entre ellas se incluye la emisión y notificación automática del certificado diligenciado de la modificación de la instalación, para las de potencia hasta 100 kW. En caso de que ocurra alguna incidencia, nos la puedes trasladar (con un pantallazo de la misma y una explicación) al correo competenciaprofesional@iicv.net. Desde el colegio la remitiremos a la Conselleria para poder resolverla en el menor plazo posible. Se recuerda que no podrán tramitarse correcciones por este procedimiento, que es exclusivo para la comunicación de puesta en marcha de modificaciones realizadas en la instalación según reglamento de baja tensión.
  2. Se ha cambiado la parte de tramitación del alta de la instalación. Ahora solo se podrá tramitar el alta de una única instalación por CAU (salvo que se trate de una instalación de distinta tecnología o titular). Con ello se pretende evitar que se tramiten múltiples altas de una misma instalación por errores en la presentación, por lo que se incide en la importancia de comprobar que se han introducido correctamente los datos antes de finalizar la tramitación. En caso de ser necesario corregir cualquier error, se podrá utilizar el trámite de aporte de documentación a un expediente abierto dentro de los 90 días naturales posteriores al diligenciado del certificado, ya que transcurrido ese plazo se cerrará y archivará el expediente. Finalizado ese plazo, las correcciones deberán solicitarse por el trámite genérico, indicando el expediente original.