Ya puedes solicitar la deducción de tu cuota del COIICV – Campaña de la Declaración de la Renta de las Personas Físicas 2022.

Hoy 11 de abril, arranca la campaña de la Declaración de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) 2022 en la que puedes solicitar la deducción de la cuota colegial, con independencia de si trabajas por cuenta propia o ajena.

El Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de la Comunidad Valenciana (COIICV) señala que para deducir la cuota de colegiado se debe diferenciar entre dos situaciones dependiendo de si trabajamos por cuenta propia o ajena.

      • Para trabajadores/as por cuenta propia: las cuotas colegiales se imputarán para el cálculo del rendimiento neto de la actividad, como gasto fiscalmente deducible, sin límite de importe.
      • Para trabajadores/as por cuenta ajena: las cuotas satisfechas a colegiados profesionales, cuando la colegiación tiene carácter obligatorio con el límite de 500 euros, tienen la consideración de gasto deducible, según el Artículo 19 de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas.

Además, si eres autónomo debes recordar que todos aquellos cursos de formación PLENAMENTE relacionados con la profesión, y que tengan como finalidad el desarrollo profesional de la misma, son 100% deducibles.

      • Para consultar todos los cursos de pago que hayas realizado en el COIICV, accede a tu panel de colegiado, dirígete al apartado de datos económicos y en el subapartado de pagos los puedes encontrar.

Para cualquier consulta o duda que pueda surgir a nuestros colegiados pueden contar con nuestro servicios de asesoría Fiscal y Laboral, así como en la asesoría Jurídica, a través de la Web del Colegio www.iicv.net